jueves, 30 de septiembre de 2021

NABOS Y OTRAS BERZAS, artículo de ÁNGEL AZNÁREZ (publicado en "La Nueva España, 26/09/2021)


                                               

Recuerdo de Conchita Quirós, siempre mi librera.

 

 


Por el título del inicio, críticos de la gastronomía y de las artes de los guisos, muy fartones ellos, acaso crean que cambié a su especialidad, que es muy científica, de mucho saber y saberes. Pero no, quedo donde siempre estuve, aún sintiéndolo mucho, pues hoy el prestigio social se adquiere colocándose un gorro blanco de cocinero arriba y un mandil blanco de cocinero más abajo, entre pecho y barriga. Antes, el tan buscado prestigio lo daba, por ejemplo, el ser notario, obispo, o funcionario del negociado de “Vias y Obras” en la Excma. Diputación provincial. Ahora, por el contrario, el prestigio lo da el ser cocinero, sin dejar de salir, de punta en blanco, en los periódicos, aunque sea diciendo bobadas. Comprendo que a un caballero que no sepa cocinar un solomillo Wellington, se le cierren las puertas sociales y caiga en ostracismo. Mi modelo fue otro: la cocinera con bata negra y brazos potentes, que en “Casa Bango, en El Fontán, retirada en la cocina que era como un apartado y escondido retrete, hacía maravillas con huevos y merluzas ¡Qué tortillas!

 


El caso es que por ser notario de la “Senda del Oso”, entre Proaza y Teverga, al empezar los otoños, en preparación a los fríos invernales, mi querido amigo Mauro de la Torre, el de Proaza, no paraba de insistir en subir a casa de Rita, en Villamejín, a comer nabos, o ir a casa de Rosita, en Teverga, a comer otras berzas, bien solos o en compañía del buen médico local, catalán de nacimiento, que unos llamaban Profítos y otros Profitós. Las suculencias de nabos y berzas quedaron tan enraizadas en mi alma y cuerpo que, cuando oigo la palabra nabo o berza, pienso, sin remedio, en Proaza y Teverga, y que, cuando veo a nativos de ellas, pienso en los nabos y en las berzas. ¡Que inolvidable fue para mí aquello, como inolvidable debió ser para el mañoso Ulises, el de Homero, el banquete en la casa de Alcínoo! 

 


De la extravagancia resultante de que el Alcalde de Oviedo, don Alfredo Canteli, haya nacido en Teverga, apareciendo con frecuencia en la prensa como es debido e indebido, el recuerdo de nabos y berzas se hace persistente y continuado. Mis “Ángeles Custodios”, con buenas interlocuciones con “lo mas alto”, ya me informaron de que, al enterarse santos varones, que fueron alcaldes  de Oviedo, casos de Masip Acevedo y Rico de Eguibar, de que el actual Alcalde era de Teverga, se movieron de sus sitiales contemplativos y estáticos, a la derecha del Padre, debiendo ser tranquilizados por el mismo San Pedro. 

 

Si por el hilo del nabo y de la berza se puede llegar hasta el Alcalde de Oviedo, siempre inseparable de su esposa queridísima, y con frecuente cara de anuncio de injerto capilar, por ese mismo hilo se puede llegare a la Alcaldesa de Gijón. Resulta que ésta,  la alcaldesa de Gijón, nació en Oviedo ¡Es carbayona, jolin! Eso es muy chocante, aunque un poco menos que lo del párrafo anterior, teniendo en cuenta que lo más, genuinamente,  ovetense, “el carbayón” pastelero, fue un invento dulce de un cazurro de La Maragatería, llamado Camilo y Blás. Y lo de la alcaldesa ovetense en Gijón, como con lo de los toros, tiene dividida a la afición; hay división de opiniones. 

 

FOTO DEL KREMLIN, DEL EX-COMUNISTA

Mientras unos dicen que, políticamente, la tal dama es un gigantesco e inmenso nabo, otros aseguran, también políticamente, que es un compuesto de muchos nabos y de alguna nabiza, ideales éstas para el caldo gordo. Ante tanta división de opiniones, no me queda más que preguntar a su gran colaborador -así lo haré- que tiene nombre de emperador romano, Aurelio, y del que dicen que, después de leer las obras completas de Carlos Marx en alemán, quedó un poco “pa allá” y tan persistente en carguitos con sueldo.

 


Lo de la guerra “nabal” me llamó mucho la atención, teniendo en cuenta mis pericias en lo “naval
”. La cosa me preocupó tanto que a punto estuve de organizar en Proaza una convención con mis compañeros jurídicos de la Armada, que debidamente advertidos por mí, manifestaron mucho interés en aclarar la confusión posible entre lo nabal o de nabos y lo naval o de navíos. Pudiera ser, no me consta, que el CNI, hubiera tomado cartas en el asunto, aunque seguro que si los acharolados de la Guardia Civil, de cuyo gorro de charol negro escribió Gómez de la Serna que fue el mejor intento en plástico de resolver el enigma de la cuadratura del círculo.  


 

Canteli, tan recordado por las berzas teverganas, y de ojos azules como de vikingo, pasó desde Teverga por el Gijón bancario y de lo Banesto del Conde, don Mario, y subió al Naranco como lo hacen los ovetenses de toda la vida, y bajó luego, ahora, a pasearse, como buen vetustense por La Encimada o barrio de Clarín, como Fríjilis, el amigo de la Ozores. Canteli siempre fue mucho de la Virgen de Covadonga, arriba en el Centro, Virgen que era la de los curas y los obispos, mientras que los del clero regular tenían otra Virgen, la del Carmen, como  favorita. 

 

Los Carmelitas de Santa Susana siguieron como si nada, con sus escapularios y estampitas de la Virgen del Carmen, con lo de la “Juventud del Carmelo” en el local, para jugar al billar, situado en un sótano de Santa Cruz, y con las novenas y procesiones presididas por frailes carmelitas, con capas blancas, por Santa Susana. Y una vez, con ocasión de rezos al brazo incorrupto de Santa Teresa, trajeron a un benedictino, amigo de Franco, llamado Fray Justo Pérez de Urbel.

 

Entre lo de la Virgen de Covadonga y la del Carmen, pareció sensato la pretensión del jesuita Vilariño de colocar un Corazón de Jesús en lo alto del Naranco, e inaugurado después de acontecer muchas peripecias. Y en lo alto de la Sierra del Aramo, para asombro, colocaron los muy católicos de Información y Turismo de entonces, un repetidor que resultó ser de televisión, que no una cruz. Eso sí que fue un milagro.

 

Este kirikikí de galli-pavo anuncia que, entre quincenas, callará, permaneciendo durante ese tiempo aquí, en silencio, siempre acompañado, estando siempre entre pollitas y pollitos. 

 

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martes, 21 de septiembre de 2021

"ESTOY PERPLEJO, QUE DIJO MI AMIGO", artículo de ÁNGEL AZNÁREZ (publicado en LA NUEVA ESPAÑA, el domingo 19 de septiembre 2021)


 

Perplejo quedó al no entender como un soñador de tantos quilates de oro puro como él, no quiso casarse con una mujer de ensueño.

                        Francisco Nieva 

 

 

 

 

           

Del campo de San Francisco

 Ser urbano
, por haber nacido en la ciudad, y ser aldeano, por vivir ahora junto a chumberas (de higos a brevas) y corrales con gallos de inequívocos kikirikís y perendengues (nada entre pitas y pollitos)tiene la ventaja de conocer y disfrutar de lo bueno de la urbanidad y de lo bueno del aldeanismo. Así, he de subir a la aldea si quiero ver las estrellas en cielos nocturnos o si quiero disfrutar, a lo infantil, segando la hierba de la parcela, subido a un artefacto que tiene motor de gasolina y forma de triciclo de los de antes, como los del Bazar Elías o Navarro Óptico  

 

Si, por el contrario, los ruidos de la soledad de la aldea me resultan insoportables, o si empiezo a notar que el aislamiento embrutece mi mente, cayendo en la cuenta de que lo bucólico, lo pastoril y lo idílico de la vida en la aldea son mentiras de los poetas, entonces, para evitar al psiquiatra o a los psiquiatras, casi tan caros como la luz del Sánchez, he de bajar de la aldea, y coger al ascensor para llegar al pisito. 

 

           

UN CURIAL

 Lo que contaré a continuación sólo pudo ocurrir en la ciudad, que no en la aldea, tanto por el sitio donde aconteció, como por el cultismo, urbano, de la palabra empleada. Hace apenas horas, en Oviedo, bajando hacia La Escandalera por la calle Marqués de Santa Cruz, me crucé con una persona amiga, admirable, “ya entrada en años” –escrito quede por cortesía-. Dicha persona fue sobrino de un curial y canónigo catedralicio, de la Sede de Oviedo, en años viejos en que Díaz Merchán era un prometedor Arzobispo, apenas llegado de Baza (Granada). ¿Vivirá aún el clérigo toledano o manchego? 

 

Mi amigo, con el que me encontré, era un legítimo sobrino de un curial, pues su tío, cura, lo era por ser hermano de su madre, y no ser su padre, a diferencia de lo que ocurre cuando el cura es el verdadero padre de la criatura que, siendo padre, se le llama tío (hijos sacrílegos canónicamente definidos). Es sabido de las alucinantes “manipulaciones”, aunque no tenga manos, por la Iglesia, de categorías del Derecho de Familia: llamó, primero, madres a las monjas, para luego, por la fratellanza franciscanaacabar llamándolas hermanas, y lo que antes eran padres frailes, hoy son frailes hermanos.  

 

           

LO RURAL "El hórreo"

 A mi amigo, que asomaba en su invisible rostro unos pelos que parecían copos de nieve en los confines de una mascarilla negra, pregunté mirándole: 

 

--¿Cómo te encuentras? 

 

--Bien, muy bien –él me respondió-. 

 

Acaso por mi mirada y silencio, mi querido amigo pensó que precisaba más información y añadió la siguiente subordinada adversativa: 

 

--Bueno, pero estoy perplejo. 

 

Y un poco a lo loco, le contesté:

 

--Pues te felicito, porque con tus años, la perplejidad es demostración de vida de las células cerebrales y no de su defunción por el Alzheimer; es un problema –añadí- del estar y del ser. 

 

Ese diálogo breve aconteció en una calle ovetense, la de Santa Cruz, que muy arriba, cerca de Santa Susana, en tiempos festivos de San Mateo, por “las barracas”, olía  a churros y sudores, viéndose luces fluorescentes en las churrerías; y que, muy abajo, mirando hacia La Escandalera, se ve el imponente edificio de la que fue Caja de Ahorros de Asturias, extinguida no por homicidio simple sino por asesinato alevoso y con ensañamiento, dos agravantes específicas en la terminología criminal. 

UNA BARRACA

 

Que a la izquierda bajando se encuentre el “Campo de San Francisco”, no quiere decir que sea un campo aldeano; es justamente lo contrario, pues es lo más urbano que tiene Oviedo, el llamado “Campo”, y ello es así a pesar de los esfuerzos, en sentido contrario, realizados por quien fue Alcalde, sin duda el Alcalde más dandi, por la poderosa razón de que su nombre propio empiece con la letra W, de Wenceslao, la letra, sin duda, más dandi. 

 

Escribió el escritor y periodista, Sebastián Magro, en su libro La hora de Quevedo (Alianza-2015) lo siguiente: “En Babilonia donde se idolatraban los caciques”. No niego la verdad de esa afirmación, pero la considero incompleta, pues me consta que, además de Babilonia, Asturias, es el otro lugar importante para idolatría de caciques de provincias. Recuerdo ahora a caciques asturianos con nombres y apellidos, de derechas y de izquierdas, condenados a vivir siendo lo que siempre fueron: unos pobres hombres. Y es sabido que el numeroso Cuerpo de Ordeñadores del Estado español no precisa de oposiciones ni de convocatorias en el BOE.

 

Para entender la perplejidad de mi amigo, haciendo eso que se llama “composiciones de lugar”, los lectores y las lectoras deberán saber otras características de su persona: a) Desde muy joven, manifestó una desmedida afición por tocar el clarinete, llegando a componer pasodobles y olés, lo cual es ciertamente inexplicable. b) Toda su vida fue militante del Partido Socialista Obrero español, echando en falta a Rubalcaba, una vez éste desaparecido, y maldiciendo al que llegó después. 

 

CARAS DE  PERPLEJIDAD

La perplejidad de mi amigo, más que explicablemente religiosa, parece ser de naturaleza política.

 

Con lo escrito, si los lectores o las lectoras quisieran, pueden continuar cavilando sobre la perplejidad de mi amigo.

   

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miércoles, 15 de septiembre de 2021

EL CONFINAMIENTO ILEGAL, artículo de ÁNGEL AZNÁREZ ( PUBLICADO EN "LA VOZ DE ASTURIAS", (agosto del 2021)


                                                    Sentencia y votos particulares 

 

 

                                                                          3ª Parte y final

 

 

 

                        I.- La excepción o el estado de excepción

 

Ya hicimos referencia en la 2ª Parte a que lo del “estado de excepción” pudo, razonablemente, provocar escalofríos en el actual Gobierno, pues recordó a los abusos, ciertos, que en tal situación de emergencia o “estado”, y para su mantenimiento, se cometieron en el Régimen político de Franco, especialmente en ciertas zonas geográficas del Norte de España. En la actualidad son muy contrarios, especialmente críticos, algunos de los que conformen la mayoría parlamentaria, que son sostén del Gobierno, y a los que éste ha de escuchar, aunque sea en secreto, pues en público no se atreve, lo que es sorprendente.

 


A eso que es verdadero, se suma que en el presente, para la Política, más que tiempos de realidades son de apariencias, tiempos de los relatos y de historias más falsas que verdaderas, del “arte” de la simulación y del marketing político. Es como si los políticos, ejerciendo el Poder, fuesen vendedores de baratijas, llevadas en peludas caballerías y expuestas en artefactos de pacotilla, recordatorio de los medievales buhoneros. 

 

            Si unos, los más o políticos, no quieren que su firma aparezca soportando o afianzando palabras autoritarias, tal como “estado de excepción”, muy empleadas en un tiempo político ya pasado que detestan, otros, los menos o estudiosos de la Ciencia política, no ignoran que el católico Carl Schmitt, antisemita y a última hora aplaudidor de Hitler (Kronjurist del III Reich se le llegó a denominar), siempre autoritario y antiparlamentario, muy seguido por políticos franquista, como Javier Conde o Manuel Fraga, hizo de la “excepción” y de la “decisión”, las nociones esenciales de su concepción del Poder, muy seguida en los años sesenta, sorprendentemente, por una izquierda radical europea.

 

Distinguió el alemán, tal como señaló Ramón Campdrrich en su Estudio Preliminar a Catolicismo Romano y Forma Política (Tecnos 2011), entre una situación de normalidad y otra de excepcionalidad, caracterizada ésta por un cuestionamiento total del orden socio/político, surgiendo el soberano que decide (manifiesta su voluntad) en situación de excepcionalidad y la decisión es el hecho político por excelencia, reconduciendo la situación. Y nada tiene que ver lo de la pandemia del COVID-19, con la “excepcionalidad” de la que escribió Carl Schmitt, pero, para los politólogos del Gobierno español, la palabra schmittiana “excepción” es, sin reflexión adecuada, un tabú, palabra peligrosa. Y por los miedos de los políticos y las preocupaciones de los politólogos, el resultado no pudo ser más irregular jurídicamente: ilegalidad de los confinamientos y suspensión de derechos fundamentales sin consentimiento a priori o previo del Parlamento (Artículo 116.3 de la Constitución española), como el Estado de excepción, no de alarma, exigiría, y ello según sentencia de un Tribunal Constitucional, defensor de la Constitución al más puro estilo de Kelsen y no, precisamente, de Carl Schmitt, cuyo defensor es el soberano. Todo muy grave. 

 


II.- Después del 9 de mayo de 2021, el “papelón” para los jueces

 

Después del 9 de mayo de 2021, el Gobierno, que había dictado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, parcialmente declarado inconstitucional por la STC 148/2021, de 14 de Julio, ni prorrogó el estado de alarma, el segundo, ni adoptó o impulsó parlamentariamente disposición sustantiva frente al COVID-19. Todo quedó en manos de las Comunidades Autónomas según leyes sobre la Sanidad de 1986 y de 2011, controladas las decisiones, por estar relacionadas con derechos fundamentales, por los jueces. Eso fue duramente criticado, en primer lugar, por la inacción que supone por parte del Poder Legislativo y del Ejecutivo; en segundo lugar, por “meter” a jueces en asuntos no de su estricta competencia; jueces a los que el Legislativo y Ejecutivo pasó competencias propias; y en tercer lugar, por considerarse inconstitucional la tan cacareada “co/gobernanza”, para el supuesto de que el Estado abdique de sus competencias, tal como ha escrito recientemente el jurista Jorge Rodríguez Zapata.

 

Curiosamente, en pleno segundo estado de alarma (se espera para el mes de octubre próximo la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad o no de dicho estado de alarma), sí que el Gobierno y el Parlamento prepararon el camino para su posterior inacción, pues (A), a través de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, sobre medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, modificaron el artículo 10 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, incluyendo un nuevo apartado, el número 8, por el que se atribuyen a las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia el conocimiento para la autorización y ratificación las disposiciones sanitarias dictadas por las Comunidades. Por otra parte (B), por el Real Decreto 8/2021, de 4 de mayo, se dictaron medidas urgentes en el orden jurisdiccional a aplicar tras la vigencia del segundo estado de alarma. 



 

Ya en la primera parte, nos referimos al papel de los Jueces en el vigente sistema democrático, partiendo de la base de que es, cuando menos es discutible, que el Judicial sea un autentico Poder. Y prueba de las dificultades de la presente situación para la Justicia es el Auto de 10 de junio de 2021, de la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, dictado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, desestimando la ratificación de las medidas adoptadas por la Consejería de Sanidad contra el COVID-19. Es sabido la extraordinaria dificultad que tiene el Ejecutivo en “sacar” leyes, a su propuesta del Parlamento, siendo lógica que no quiera exponerse a mostrar debilidades extremas, pero, si por esa debilidad, el Ejecutivo no puede gobernar, lo correcto y democrático no es seguir “por los pelos y a lo loco”, sino convocar elecciones, con riesgo de perder el Poder. Esas son, también, reglas del juego.  

 

III.- Consecuencias de la nulidad del primer estado de alarma: 

 

A ello se refiere la parte última del número 11 de la Sentencia 148/2021, de 14 de Julio, en especial las letras finales a), b), y c) previas al fallo, leyéndose lo siguiente: “En este contexto, parece necesario finalmente precisar el alcance de nuestra declaración de inconstitucionalidad, modulando los efectos de la declaración de nulidad”. El Tribunal trata de precisar, siguiendo lo dispuesto en los artículos 38 y siguiente de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y lo sentenciado en la ya lejana STC 45/89, de 20 de febrero, el alcance concreto que ha de atribuirse a la declaración de inconstitucionalidad, con resultado de nulidad, pues se dice en esa misma sentencia que “es tarea del Tribunal precisar los alcances, pues la categoría de las nulidades es diferente en los diversos sectores del ordenamiento”. No entraremos en cuestiones tan enjundiosas.

 

Y por razones de fondo y forma, el Tribunal Constitucional, en la Sentencia 148/2021, no lo pudo hacer peor, si bien ha de reconocerse, con cierta piedad, que esa materia es especialmente difícil, que no está al alcance de teóricos constitucionalistas, sino de expertos en las profundidades del Derecho Administrativo. Y es que las raquíticas tres letras (a, b, y c), modulares de los efectos de la declaración de nulidad, tienen la apariencia de que se llega a ellas, ya exhausto y agotado el Tribunal, por los esfuerzos de argumentación previos; es como si tuviera prisa en acabar de una vez. Pudiera parecer, también, que el Tribunal sintió vértigo o miedo, pues después de una valiente decisión, contraria a los intereses del Gobierno, es como si quisiera congraciarse con él, facilitándole que los quebrantos sean los mínimos, lo cual motivó las críticas de muchos, que incluso llegaron a reírse, y se preguntaron: “¿Merece la pena este viaje, con tan escasos efectos tratándose de una declaración de nulidad constitucional?”. 

 


Desgraciadamente es natural que los jueces, incluso los constitucionales, tengan miedo al único Poder existente, el Ejecutivo, tal como escribimos más arriba. Ha de añadirse que el voto particular del Magistrado don Juan Antonio Xiol Rios, en este punto, que desarrolla en los números 48 y siguientes de su voto contrario, es brillante y atinado. Así, en el número 55, se lee: “La modulación de efectos de la declaración de inconstitucionalidad no se ha efectuado con la claridad que este tipo de declaraciones requiere. El casuismo en el que incurre y la imprecisión de conceptos utilizados puede inducir a confusión y si algo debe estar claro en una sentencia es el alcance del fallo. De otro modo, se crea inseguridad jurídica, lo que puede dar lugar a aumentar la litigiosidad y a la existencia de pronunciamientos judiciales contradictorios”.

 

A.- Los artículos 161.1 a) de la Constitución y el artículo 40.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional disponen con absoluta claridad lo siguiente, que la Sentencia copia: “No son susceptibles de revisión los procesos conclusos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada, a excepción –que si podrán ser revisados-- los procesos penales o contencioso administrativos, referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad”. No hay argumentación en ello, al tratarse de copiar la Ley simplemente. 

 

B.- La Sentencia señala que no serán revisables las situaciones decididas mediante actuaciones administrativas firmes, y añade: “Según criterio que venimos aplicando desde la STC 45/1989, de 20 de febrero, por razones de seguridad jurídica ex art. 9.3 CE)”. Si el Tribunal hubiese razonado sobre la seguridad jurídica y el fondo de la Sentencia aludida, que resolvió un asunto de índole fiscal, acaso hubiese llegado a otra conclusión, estando aquí implicadas fuertes sanciones pecuniarias impuestas por la Administración. No obstante lo cual, el Tribunal resuelve en una línea. Como dice el magistrado Xiol, en el número 51 de su voto particular: “La imposibilidad de revisar situaciones firmes que no tengan valor de cosa juzgada no es una limitación de efectos de la declaración de inconstitucionalidad que se produzca siempre y en todo caso desde la STC 45/1989 como parece sostener la mayoría, sino únicamente cuando el tribunal así lo declara y para ello será preciso que lo justifique en la necesidad de salvaguardar un bien constitucional que se considere merecedor de protección”. ¿Firmeza de actuaciones administrativas sancionadoras ante la declaración de nulidad por violación de derechos fundamentales? La crítica, en este punto, a la Sentencia de la mayoría, no puede ser más radical. 

 

C).- La responsabilidad patrimonial de los poderes públicos, por actos administrativos y de ejecución de disposiciones con rango de ley, es una garantía para los ciudadanos, que han de ser indemnizados por los daños a ellos cometidos, y que parte de lo dispuesto en el viejo artículo 1903 del Código Civil, siendo recogido en el artículo 9.3 de la Constitución, desarrollado en el artículo 106.2 del mismo texto constitucional, y regulado extensamente en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 

En escasas letras, la sentencia, por mayoría, dice: “Al tratarse de medidas que los ciudadanos tenían el deber de soportar, la inconstitucionalidad apreciada en esta sentencia no será por si misma título para fundamentar reclamaciones de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarema, excepción y sitio”. El Magistrado Xiol se pregunta: ¿Por qué los ciudadanos tienen el deber jurídico de soportar los efectos de una norma que el mismo Tribunal ha declarado inconstitucional? Y me pregunto: ¿Por qué tanta confusión con lo de “no será por si misma título para fundar reclamaciones…” y con lo de la remisión al artículo 3.2 de la Ley Orgánica 4/1981? Las reclamaciones de responsabilidad, no obstante las imperfecciones del texto decisorio, no van a tener fácil acogida por los Jueces y Tribunales. 

 

IV.- Final:

 

La supresión de una de las garantías más importante de los ciudadanos, que es la responsabilidad patrimonial de los poderes públicos, ante una ilegalidad de éstos con daño a derechos fundamentales, acaso haya facilitado que una magistrada, Encarnación Roca, hubiese hecho posible conseguir la mayoría aprobatoria de la sentencia, pero eso no excluye el disparate, que, por tratarse del Tribunal Constitucional, es fuente de escándalo y descrédito.

 

Y al concluir los comentarios sobre la STC 148/2021, de 14 de Julio, deberíamos recordar lo escrito por Hans Kelsen sobre las dos funciones que ha de cumplir una sentencia de un tribunal constitucional: a) como acto de legislación que es creación normativa, esencialmente negativa, ya que deja sin validez una norma anteriormente válida; b) como acto jurisdiccional que es aplicación del derecho. Y ambas, según Sanz Moreno, Hans Kelsen y Carl Schmitt, se fundan en una: “el acto de interpretación del supremo intérprete que aplica la Constitución, que es el Tribunal Constitucional, y al tiempo, crea nuevo derecho”. ¿En España también? 

 

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martes, 7 de septiembre de 2021

ADENDA A LA ORDENACIÓN EPISCOPAL EN MONDOÑEDO (continuación del artículo anterior), por ÁNGEL AZNÁREZ RUBIO (publicado en "Religión DIGITAL, 6/09/2021)

 


I.- La Coral Polifónica Ferrolana:

 

La crónica sobre la Ordenación episcopal de don Fernando García Cadiñanos, publicada el mismo sábado día cuatro, aquí mismo, en Religión digital, fue extensa; sin embargo, hechos muy simbólicos, como los aplausos en una iglesia o los cambios de celebrante principal en una misma Misa, sólo se mencionaron. Y hubo omisiones inadmisibles por injustas, por ser contrarias al “dar a cada uno lo suyo”. Así, no hubo indicación de la excelencia de la Coral Polifónica Ferrolana, A´Magdalena, entidad octogenaria, que hoy dirige la joven Sofía Rodríguez, cuyas polifonías, desde la sillería coral, a la izquierda de la nave principal, pudieron escucharse durante toda la Ceremonia. Humildad propia de la música religiosa que, con tres instrumentos, la voz humana que habla a Dios con el canto, las campanas y el órgano, siendo esencial, parece accesoria. Música que se hace imperceptible.

 

II.- Liturgia:

 

La Ceremonia con sus ritos de Ordenación ministerial y posesión, fue modélica, con la sabiduría de tantos siglos conservada y que forma parte del acervo inestimable de la Iglesia. Se juntaron lo jurídico, exhibición de las Letras apostólicas del nombramiento al Colegio de Consultores y al pueblo presente, y la Tradición, con arreglo a la cual se desarrolló la Ordenación. Y la Liturgia que también es teatro, pero ¡Atención! no un teatro que signifique banalidad, falsedad o ritualismo, sino que es asunto de Dios, de “Theos”, de donde procede la voz “Teatro”, no siendo casual que en la Grecia clásica, en el Partenón, el teatro estuviesen al lado, muy cerca, del templo. Lo de la Liturgia y de sus reformas, tiene graves implicaciones, como San Pablo VI comprobó, con pena y dramatismo, durante y después del Concilio Vaticano II, o como el Papa Francisco podrá comprobar, ahora, en relación a su Motu Proprio, Traditionis custodes, de 16 de julio de 2021: “Custodios de la tradición, los obispos…”.

 


III.- Los Obispos:

 

Las élites todas en crisis, las civiles y eclesiásticas, por haber incumplido las obligaciones inherentes a su privilegiado status, pasan momentos de desprestigio y rechazo, lo cual, por exigencias de verdad, exigiría explicar muchos matices y diferencias entre unas y otras, según la ciencia política civil y la ciencia religiosa.  Escribir de los elitistas obispos, por la complicación de éstos y de sus recodos mentales, por transitar entre opuestos muy difíciles de gestionar, por ser a veces muy confiados y a veces muy desconfiados, no es fácil, aunque siempre con la valentía que da la libertad.  

 

Cuando Mondoñedo aún dormía, apenas soleado el cielo azul y las laderas del Valle cubiertas por nieblas blancas, mariñadas, paseando por los alrededores del Seminario, encontré a don Fernando Valera, obispo de Zamora, al que saludé, resultando afable, cercano e invitándome a un café; le recordé mi Crónica aquí de su Ordenación episcopal, y al que escuché, más tarde, sus sermones con ocasión de su primera Semana Santa episcopal. Paseando minutos después por las rúas estrechas y empinadas de Mondoñedo, crucé con monseñor Blázquez, que iba acompañado de su secretario, en funciones litúrgicas de Diácono. Tentado estuve de exhibirle --lo llevaba en la cartera- el libro del Monseñor Al atardecer de la vida, por si deseara escribir algunas palabras de dedicatoria; pero no, estando tan concentrado el Cardenal, de tanto misticismo avulense, no me atreví a interrumpirle, y pasé de largo junto a él. 

 


En la procesión, desde el Palacio Episcopal al Altar Mayor de la Catedral, entre los obispos, se encontraba el espigado leonés, ahora Obispo de Astorga, don Juan Fernández, que pudo, en su día, ser un buen Secretario de la Conferencia Episcopal española, si su superior de aquel entonces, en Galicia y no gallego, lo hubiese querido. Y está muy bien que obispos tan vascos, con fama de nacionalistas, como Joseba S. Etxezarraga, de Bilbao, con sentido colegial, pasen y acudan a ceremoniales de Astorga, Zamora y Mondoñedo. Al que, por cierto, no vimos, fue al nacionalista español monseñor Munilla, obispo de San Sebastián. Por cuierto: ¿Qué Presidente de la C.E.E. influyó para el nombramiento del ahora emérito de Solsona?   

 

IV.- Diócesis no capitales:

 

Interesantes son las diócesis, cuya capitalidad no coincide con la capitalidad civil (Astorga, Mondoñedo-Ferrol, Tuy, Burgo de Osma, Calahorra-la Calzada y otras). Por esas localidades aún se puede ver al nuevo obispo, entre la gente, caminando hacia la Catedral o primera Iglesia de la Diócesis, para su Ordenación. Acaso en esos lugares, el obispo sea más obispo, y no se debería cansar a las gentes, muy de amantes de sus pequeñas localidades, con continuos cambios, no permitiendo llegar a conocerle, sabiéndose de “sedes de entrada”. Vimos, acompañando a don Fernando García Cadiñanos, desde la Casa do Concello,  a Luis Ángel de las Heras, obispo de León y antes de Mondoñedo, de 2016 a 2020, conversando con el Nuncio apostólico, desde la Casa do Concello hasta la Catedral, y me pregunto: ¿Conocerá ya el religioso claretiano las razones de su traslado episcopal, de Mondoñedo-Ferrol a León?

 




V.- Sobre el nuevo obispo:

 

Sobre el nuevo obispo, flaco y muy nervioso, evitando alabanzas y aplausos, aconsejo a los lectores y lectoras que, a través de You Tube, vean y escuchen la lección eclesial que sobre Caritas pronunció en Castellón, en el año 2018. Los comentarios han de sobrar.


  Fotos del autor  (MONDOÑEDO)

 

 

 

 

 

 

 

 

lunes, 6 de septiembre de 2021

ORDENACIÓN EPISCOPAL EN MONDOÑEDO (LUGO), por ÁNGEL AZNÁREZ RUBIO ( publicado en "Religión Digital" (4 de septiembre de 2021)


Y toma de posesión de la Diócesis Mondoñedo-Ferrol



I.- El burgalés Fernando García Cadiñanos, ya es Obispo:



Caritas de Burgos dijo adiós a su querido don Fernando, sacerdote, que salió de allí, lugar en el que nació, de tierras secas, de la épica castellana y de cantares de gesta, y que llegó a aquí, a Mondoñedo para ser Obispo, a tierras húmedas de pueblo, de la lírica gallega, de poetas de versos y de cantigas. Don Fernando habrá recordado a los santos obispos de las Merindades burgalesas, y encontró aquí, en tierras mágicas, a otros milagreiros, como San Gonzalo, que, desde lo alto del monte, mirando a la mariña, Ave María que rezaba, nave vikinga que se hundía. ¡Y qué decir del siempre recordado San Rosendo, que desde lo alto de la Catedral, todo lo ve, lo que está encima y debajo de los tejados de pizarra de las casas!



Y una centena de burgaleses, con compromisos socio/caritativos, sin hacer ondear pendones castellanos, invadieron la Villa, preguntando, por las empanadas del país y las tartas de O´Rei, que en paz descanse. Los burgaleses desplazados estuvieron acompañados por el nuevo “Mío Cid, el Campeador”, el inteligente y hábil, Monseñor Iceta, con Palio de Metropolitano, titular de la Sede de Burgos, antes obispo de la Iglesia sufragánea de Bilbao, ahora de monseñor Segura, también presente aquí hoy. Conté 19 mitras de obispos asistentes en la Ceremonia, incluida la de Monseñor García Cadiñanos.

 


Llegué pronto a la Plaza de la Catedral, abajo en Mondoñedo, antes de las nueve horas, desde lo alto del Cementerio antiguo, en una mañana de sol y de nieblas, típicas de la mariña lucense. Me acerqué y toqué la estatua de Cunqueiro, que sentí sonriente, y que tanto habló y escribió sobre obispos mindonienses. Volví a subir a la Praza do Concello para ver la llegada del Obispo a la Casa do Concello, procedente del Santuario de Los Remedios. Precisamente en esa Plaza, en un local comercial, se pudo leer, lo siguiente esperanzador: “La belleza salvará el mundo”. Y a la Praza de la Catedral llegó el nuevo Obispo acompañado del Arzobispo de Santiago, su auxiliar y monseñor de las Heras, ahora Obispo de León y antes de Mondoñedo, rezando todos en la Capilla catedralicia del Santísimo Sacramento, viéndolo todo la Virgen inglesa que allí está. En el Palacio episcopal, anexo a la Catedral, entraban excelentísimos, reverendísimos y una eminencia (Monseñor Blázquez), para vestir las ropas litúrgicas e iniciar la procesión. 


Es natural que en Diócesis de tanta antigüedad, haya habido antes otros burgaleses obispos; al parecer, hubo cinco (uno de ellos fue don Ponciano de Arciniega)  y algunos están retratados en la Sala Capitular de la primera planta. Desde la Plaza, junto al Museo de don Álvaro Cunqueiro, mirando a la galería del palacio (pazo) episcopal, recuerdo que antes allí hubo obispos navarros y asturianos, como don Manuel Fernández de Castro, llamado el obispo santo. Recuerdo en especial a uno de los últimos de Mondoñedo-Ferrol, al valenciano que fue y que se llamó Monseñor José Gea Escolano. Y lo recuerdo por la injusticia cometida contra él, pues los que tanto le criticaron por ultra y conservador extremo, los mismos, se asombraron, cuando ya emérito, en 2006, se fue a tierra de Misiones a evangelizar. Lección y ejemplo. 


  II.- Teología del oficio episcopal: Tradición y nuevas exigencias


Los tratados de Eclesiología estudian el episcopado dentro del denominado “ministerio apostólico”, y en la ordenación episcopal de don Fernando García Cadiñanos lo deberíamos tener en cuenta. Son suficientes los textos conciliares del Vaticano II: la Constitución dogmática Lumen Gentium sobre la Iglesia, capítulo III sobre los obispos, y el Decreto Christus Dominus sobre la función pastoral de los obispos, de enseñar, santificar, regir y apacentar. Ser podría añadir el Decreto Ad gentes divinitus, sobre la actividad misionera de las iglesias particulares. Aconsejamos su lectura.






 
Y en una Ordenación episcopal también se debería pensar –ya nada es como antes-- en la crisis que atraviesa la Iglesia en estos tiempos; en la Iglesia local de Mondoñedo-Ferrol, cuya importancia resulta de las 424 parroquias, habiendo impulsado el anterior obispo, el P. Ángel de Las Heras, actual de León, con la sabiduría y bondad del sacerdote don Antonio Rodríguez Basanta, las llamadas “unidades pastorales”. Es natural que “tranquilice” la creencia en la perennidad de la Iglesia por la acción mantenedora del Espíritu Santo, pero también que haya confusión e incertidumbre, también en este noroeste hispánico, ante una secularización radical e imparable, con ya ruptura de la transmisión de creencias cristianas entre las generaciones. 


Recientemente el dominico Fray Jesús Díaz Sariego, Prior Provincial de la provincia de Hispania, dijo, preguntándose: ¿“Ante la falta de remplazo vocacional, qué nos está pidiendo hoy Dios”? La nueva situación obliga a que los obispos acumulen más trabajo, se anticipen a los hechos, es decir, se añadan requisitos nuevos a los ya previstos en el canon 378. Y aquellos que siguen pensando que el anillo y la mitra forman parte de un “cursus honorum”, lejos de la labor evangélica de transmisión de la fe, están equivocados desde la raíz. Las pompas y fiestas por una Ordenación episcopal, esplendorosa como la de hoy, no deben hacer perder la conciencia de la situación.   


III.-La Basílica-Catedral de Nuestra Señora de La Asunción:


Siempre el nombre de la catedral, que es la primera iglesia de la diócesis, explica mucho de ella. La denominación de la Basílica de Mondoñedo, Nuestra Señora de la Asunción, remite a la Constitución apostólica de Pío XII, que proclamó, con infalibilidad, el Dogma de la Asunción al cielo, en alma y cuerpo, de María, en el año de 1950;  Asunción que está en el Retablo mayor y en otras capillas catedralicias. Hoy se pudo ver esplendorosa la Catedral. Y si las agujas maravillosas de una Catedral gótica como la de Burgos, son “agujas -según un poeta- como de alma humana que rasgan las nubes cargadas con el rayo divino”, nada de parecido hay en la Catedral de Mondoñedo, que carece de agujas, siendo llamada la “arrodillada” por tener los “cielos” bajos, románicos y no góticos, pero que facilitan la oscuridad o la luz imprescindible, el recogimiento, el silencio y la imaginación, sustanciales a lo religioso. 


IV.- Volteo solemne de campanas durante la procesión:




Y las torres guardan las campanas con sus badajos, instrumento religioso como el órgano, que tocan, claman y vibran durante la procesión episcopal camino del Altar de la Consagración, y que, al ser volteadas, peligrosamente, hacen sonar, tanto himnos de alegría por la elección de un nuevo obispo, como de penas, de réquiem por su muerte. Y el artista e interprete es don Valentín Ínsua (al que se le puede ver en You Tube), conocedor excelente de su oficio, campanero, y de los mecanismos musicales, muy grave el sonido de la campana Paula y de sonidos agudos las demás, que hacen bailar a las torres mismas y a la Catedral entera, como cambiándola de sitio.


Impresiona, desde la Plaza, la conjunción de la belleza de las piedras y de las músicas de las campanas; ejercicios de sensibilidad que son de ver y oír; y emociones humanas de Arquitectura y de Música, que, por ser sublimes, son atributos de lo divino. No dudo que Dios estará en todas partes, también en el Altar.   

 

V.- Rito o Liturgia de ordenación y de toma de posesión:


La procesión en la mañana del día 4 de septiembre de 2021, en Mondoñedo, la presidió el Arzobispo de Santiago de Compostela, el zamorano don Julián Barrio, ordenante principal, estando cerca el sacerdote Fernando G. Cadiñanos .G.C., obispo electo y aún no diocesano. Llegó la procesión al Altar Mayor de la Catedral, formando la comitiva sacerdotes de las diócesis gallegas, seguidos de los también obispos ordenantes, que fueron el Nuncio apostólico y don Fidel, Arzobispo emérito de Burgos, y demás con/celebrantes; una veintena de obispos, de Galicia y de otras diócesis, total, 15 obispos, más 3 arzobispos metropolitanos, incluido el cardenal Blázquez, único cardenal presente. Muchos se preguntaron ¿Cómo no vino el cardenal Rouco Varela a la que fue su Diócesis de nacimiento y de primeros estudios eclesiásticos? 

 


Viendo la procesión me vino al pensamiento lo que dijo el Padre Báñez, confesor de Santa Teresa: “Teresa es grande desde los pies a la cabeza. Pero de la cabeza para arriba es incomparablemente más grande” (locura de pensamientos que, descontrolados, van y vienen, acaso con poco son y menos tono). La ceremonia litúrgica tuvo dos fases principales, celebradas en el curso de una Santa Misa, iniciada bajo la presidencia del ordenante principal, el Arzobispo de Santiago, asistido de los otros dos ordenantes y concluida bajo la presidencia del nuevo obispo, ya Excelentísimo y Reverendísimo, dualidad que es peculiaridad canónica muy interesante.


A.-La Ordenación episcopal: que comenzó con la exhibición y lectura de las Letras apostólicas o Bula papal del nombramiento, firmadas por el Santo Padre el pasado 1 de Julio último. Acreditado lo cual, según el canon 382 del Código de Derecho canónico, y siguiendo después la Tradición, ante el pueblo fiel, el ordenado, don Fernando, a preguntas del ordenante principal, hizo las promesas de su querer de obispo, pronunciando firmes: “Si, quiero”; luego se postró en el suelo, mientras el coro invocaba a los santos; concluida la “imposición de manos” de los obispos con/celebrantes, la “imposición del libro de los Evangelios y la unción con el Santo Crisma, se le entregaron las insignias episcopales (Evangelio, anillo, mitra y el báculo).


B.-La toma de posesión: tuvo lugar exactamente en el momento en que el Nuncio de su Santidad –no el Ordenante principal- invitó al nuevo obispo a sentarse en la Sede episcopal o Cátedra, teniendo lugar la toma de posesión, al sentarse en la Cátedra el nuevo obispo, momento en el que los fieles presentes aplaudieron (pocas ocasiones hay para aplaudir en un templo católico) y le abrazaron los obispos con/celebrantes. Y siguió la celebración eucarística, ya en el Ofertorio, presidida por el ya Obispo diocesano.      



 
VI.- Las palabras del administrador diocesano, la Homilía del Arzobispo y la primera alocución del nuevo obispo al final de la misa: 


El saludo de bienvenida, al inicio de la ceremonia, corrió a cargo del Administrador diocesano, don Antonio Valín Valdés, miembro del equipo sacerdotal de la Unidad Pastoral de Foz, elegido en su día, para tal cargo, por el Colegio de Consultores de la Diócesis. El Administrador diocesano permaneció en la primera parte de la ceremonia, en la grada, acompañando al sacerdote don Fernando García Cadiñanos, nuevo obispo, junto al hermano de éste. El sacerdote, que fue Vicario General con el obispo Ángel de Las Heras, don Antonio Rodríguez Basanta, párroco moderador de la Unidad Pastoral de Ferrol-Centro, estaba en el presbiterio con los demás miembros del Colegio de Consultores. 


El administrador apostólico pronunció palabras, en gallego y en castellano, de salutación y de bienvenida al nuevo obispo, diciendo: “Conjugaremos nuestro ser gallego con su ser burgalés, y seguro que poco o a poco se irá convirtiendo en gallego de Burgos”.


El ordenante principal, el Arzobispo don Julián Barrio, pronunció la Homilía de la Misa, en castellano y gallego, antes del rito de la Ordenación, recordando la función que corresponde a los obispos en el ámbito de las iglesias locales, y que el ministerio episcopal es un don de Dios. Y añadió: “O episcopado non é una honra”.


El ya nuevo obispo pronunció, en gallego y en castellano, al final, la primera alocución dirigida a sus nuevos sacerdotes y fieles, ya desde la Cátedra. Dijo entre otras cosas que “el Señor me envía para una misión: ser servidor de esta Iglesia milenaria y de hondas raíces”. Y añadió que hoy se necesitaban discípulos misioneros apasionados de Cristo. Concluyó dando las gracias. 


No puedo omitir las palabras del Nuncio, pronunciadas después de la ordenación episcopal, destacando que la misión episcopal no es fácil, pidiendo la intercesión de la Santísima Virgen. 


VII.- Final


Todo concluyo, con perfección, con el canto, muy emocionado, de la Salve Raiña.


Y hemos de recordar que la divisa prelaticia del Obispo de Mondoñedo-Ferrol es In omnibus caritas. Caritas, que por ser palabra tan importante para la Iglesia y para Monseñor Fernando García Cadiñanos, la utilizamos al principio de ésta Crónica y en este ya final.


Mañana, si Dios quiere, añadiremos una adenda.


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