LOS LUGARES RELIGIOSOS
Al mismo tiempo se
han producido tres hechos diferentes: 1º.- La pretensión del turco Erdogán de
que la que fue Iglesia de Santa Sofía se vuelva abrir al culto musulmán. 2º.-
Un programa en una cadena de TV (la católica KTO) en torno al tema de los
“lugares religiosos”, que tuvo lugar el pasado 28 de junio. 3º.- La vuelta y
revuelta del asunto de las inmatriculaciones en el Registro de la Propiedad de
bienes diocesanos en España. Los tres, unificados por el objeto, bien merecen
un análisis separado.
1º.- Lo de Santa Sofía.- Antes de estudiar en primero de Derecho los
textos jurídicos de Justiniano, ortodoxo y cristiano, Emperador de Bizancio, un
magnífico profesor de griego clásico me explicó, en el colegio del bachillerato
(Maristas), lo de Bizancio, Constantinopla y Estambul, ciudad del Bósforo,
insistiendo en que este último nombre propio, Es-tam-bul, hoy principal ciudad
de Turquía, fue de origen griego, derivado de tres palabras: “hacia-la-ciudad o
eis tnv polín”. Aquello me quedó como una marca entre otras muchas. Libros de
Historia e Internet explican,
magníficamente, detalles de aquel Imperio Romano y de Santa Sofía, y a ellos me
remito.
Ahora interesa
destacar:
--La
emoción sentida al pisar Santa Sofía por primera vez, llegando en barco a Estambul.
Imagine a Justiniano, Emperador y Sacerdote, en compañía de Teodora, en solemne
procesión, por el vestíbulo a la entrada del Templo, viéndolo todo el gran
Cristo en la cúpula central.
--La
recomendación de que los lectores vuelvan a ver en vídeo la visita que hizo
Benedicto XVI, en su viaje a Turquía en el año 2006, en compañía del gran Mufti
de Estambul, al entonces Museo de Santa Sofía, que fue Basílica cristiana hasta
1453.
--La
dialéctica histórica entre dos monoteísmos, el cristianismo y el musulmán, que
en afán hegemónico y de rivalidad llevó a construir mezquitas allí donde hubo
iglesias e iglesias donde hubo mezquitas; ejemplo de ello fue lo ocurrido en
Córdoba y en Sevilla. Lo actual de Santa Sofía, de volver al culto musulmán, es,
pues, una continuidad histórica, lamentable ciertamente. Hay que reconocer que
los monoteísmos han tenido una literatura de mucho éxito en su contra, a
diferencia de los politeísmos, con frecuencia cantados de manera “simpática”,
desde los inicios mismos de las epopeyas. La novelista Margarita Youcenar es
ejemplo de ello, describiendo a un politeista Adriano ejemplo de ejemplos, y a
los judíos, por el contrario, en el capítulo II de Memorias de Adriano, “con lengua de sectarios, tan obsesionados por
su dios, que han desatendido lo humano”, y calificando también a los cristianos
y al obispo Cuadrato, en el penúltimo capitulo del mismo libro, de fanáticos.
Esto último, lo del politeísmo y los monoteísmos bien merecerá una revisión.
2º.- Lo de la televisión KTO. Muy
interesante el debate entre un historiador de la Arquitectura y un Presidente
de una Fundación para la conservación de lugares
sagrados, celebrado en esa televisión francesa el pasado 28 de junio,
dentro del programa La Foi prise au Mot.
Remito a los lectores a ver, a través de Internet,
el video correspondiente, siendo muy interesantes las sugerencias
conclusivas. Deseo señalar ahora que esa televisión católica, creación del que
fuera Cardenal-Arzobispo de París, Jean Marie Lustiger, me parece excelente y
ejemplo de lo que debe ser una televisión de dedicación religiosa. Una
televisión así, se echa mucho de menos en España, resultando lamentable la TV equivalente de
aquí, en la que se puede ver algún acto litúrgico muy escondido entre películas
y películas, infinitas. Malum Signum!
Malum Signum! que exclamara Don Quijote momentos antes de volver a ser
Alonso Quijano. Pudiera acaso
pensarse que la estupidez no está en la televisión misma, sino en los
espectadores, posiblemente.
3º.- Lo de las llamadas inmatriculaciones en España. Sobre ello ya hemos
escrito de manera extensa en la presente página web y en otras. Como las
cuestiones hipotecarias y del denominado Derecho Eclesiástico español son muy
complejas, para abordar debidamente el problema, tenemos que resumir: a).- El
privilegio inmatriculador, ya derogado, se refirió exclusivamente a la Iglesia
Diocesana (la desamortización afectó principalmente a los bienes de las Órdenes
religiosas, que en la actualidad vuelven a tener un inmenso patrimonio
inmobiliario). b).- La propiedad de los bienes inmuebles se adquiere con
carácter previa a la inscripción registral, fuera del Registro, que es
únicamente instrumento de publicidad –se publica lo ya adquirido-. c).- Los
bienes de la Iglesia Católica son objeto de una doble regulación, la canónica,
que se contiene en el Código de Derecho Canónico, y la Civil, sobre los modos
de adquirir la propiedad y su publicidad, ya sin diferencia específica y
privilegiada. Las inscripciones primeras en el Registro al amparo de la
legislación hipotecaria 1944 y 1946 constituyeron en su día el objeto del
llamado Derecho Eclesiástico, por ser normas estatales sobre la Iglesia
Católica.
Y
escribiendo al principio del Imperio Romano de Oriente, protector de la
Religión, por eso llamado advocatus
Ecclesiae, me es inevitable la cita del cretense contemporáneo que tanto me
enseñó, Nikos Kazantzki, también llamado Nicos Casandsakis, que, en el Monte Athos,
oyó que alguien, dirigiéndose al hermano almendro, le pidió: “¡Háblame de Dios! Y contó que el almendro en respuesta se cubrió de
flores”.
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